LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Las obligaciones para los Ayuntamientos establecidas en esta ley, están contenidas en los artículos 70 y 71 los cuales hacen referencia a la publicación de información relacionada a las facultades, atribuciones, funciones y objeto social de los municipios por un lado y por otro la publicación de las iniciativas o acuerdos de los cabildos.
Articulo 70
Obligaciones de Transparencia Comunes
Consulta por municipio
Art.70 En la Ley Federal y de las entidades federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.
Obligaciones de Transparencia Comunes
Consulta por formato
Art.70 En la Ley Federal y de las entidades federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.
Articulo 71
Obligaciones de Transparencia Específicas
Consulta por municipio
Art.71 Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Obligaciones de Transparencia Específicas
Consulta por formato
Art.71 Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE OAXACA
Las obligaciones para los Ayuntamientos establecidas en esta ley, están contenidas en los artículos 30 y 36 los cuales hacen referencia a la publicación de información relacionada a las facultades, atribuciones, funciones y objeto social de los municipios.
Articulo 30
Obligaciones de Transparencia Específicas
Consulta por municipio
Art.30 Además de lo señalado en el artículo 71 de la Ley General, y en el artículo 19 del presente ordenamiento, los Municipios, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada la siguiente información:
Obligaciones de Transparencia Específicas
Consulta por formato
Además de lo señalado en el artículo 71 de la Ley General, y en el artículo 19 del presente ordenamiento, los Municipios, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada la siguiente información:
Articulo 36
Obligaciones de Transparencia Específicas
Consulta por municipio
Art.36 Los sujetos obligados que realicen obra pública, deberán difundir físicamente en el lugar de la obra, una placa o inscripción que señale que fue realizada con recursos públicos y el costo de la misma.
Obligaciones de Transparencia Específicas
Consulta por formato
Art.36 Los sujetos obligados que realicen obra pública, deberán difundir físicamente en el lugar de la obra, una placa o inscripción que señale que fue realizada con recursos públicos y el costo de la misma.